¿A quién se aplica?
- A particulares y autónomos que no pueden pagar sus deudas o que prevén que no podrán hacerlo en poco tiempo.
- Que hayan actuado de buena fe. La ley excluye, entre otros supuestos, a quienes hayan sido condenados por determinados delitos económicos en los diez años anteriores o hayan actuado con dolo o culpa grave al endeudarse.
- Con deudas con bancos, financieras, tarjetas, proveedores, particulares, Hacienda o Seguridad Social.
Dos vías para cancelar las deudas
Exoneración con liquidación
Se venden los bienes que tenga, si los hay, para pagar a los acreedores, y el resto de la deuda se cancela. Si no tiene bienes, el procedimiento es más sencillo y rápido (concurso sin masa).
Exoneración con plan de pagos
No se venden sus bienes. Usted destina una parte de sus ingresos a pagar a los acreedores durante un plazo de tres años, o de cinco si conserva su vivienda habitual, y al terminar se cancela lo que quede pendiente.
¿Qué deudas se pueden cancelar?
La mayoría: préstamos personales, tarjetas, microcréditos, deudas con proveedores y avales prestados. Las deudas con Hacienda y con la Seguridad Social solo se cancelan en parte, hasta un límite que fija la ley.
No se cancelan, entre otras, las pensiones de alimentos, las multas penales, las responsabilidades derivadas de delito y las indemnizaciones por daños personales.
Cómo es el procedimiento
- Estudio de su situación: deudas, ingresos, bienes y cualquier circunstancia que pueda impedir la exoneración.
- Solicitud de concurso ante el Juzgado de lo Mercantil, con la relación de acreedores y de bienes.
- Liquidación o plan de pagos, según la vía elegida.
- Resolución del juez concediendo la exoneración. Desde ese momento los acreedores no pueden reclamarle las deudas canceladas.
Desde la reforma de 2022 ya no es necesario intentar antes un acuerdo extrajudicial de pagos ante notario o mediador, lo que ha acortado mucho los plazos.
Preguntas frecuentes
¿Pierdo mi casa?
No necesariamente. Con la vía del plan de pagos se puede conservar la vivienda habitual si puede seguir pagando la hipoteca. Lo estudiamos en su caso concreto.
¿Me afecta si tengo avalistas o mi pareja firmó conmigo?
La exoneración solo beneficia a quien la solicita. Los avalistas y codeudores siguen obligados frente al acreedor, salvo que también inicien su propio procedimiento.
¿Cuánto tarda?
Un concurso sin bienes con exoneración puede resolverse en unos meses, según la carga del juzgado. Con plan de pagos, la cancelación definitiva llega al terminar el plan.
¿Qué documentación necesito?
Una relación de todas sus deudas con los últimos requerimientos recibidos, sus nóminas o ingresos, las últimas declaraciones de la renta y la información de sus bienes (vivienda, vehículo, cuentas).
Información general revisada en noviembre de 2026. Cada caso necesita un estudio concreto: no tome decisiones sin consultarlo.