Contrato de encargo del tratamiento de datos personales

Contrato obligatorio entre el responsable y el encargado del tratamiento conforme al artículo 28 del RGPD: instrucciones, confidencialidad, subencargados, seguridad, brechas, derechos y fin del encargo.

Para qué sirve este modelo

Modelo de contrato de encargo del tratamiento de datos personales entre una empresa (responsable) y el proveedor que trata datos por su cuenta (gestoría, empresa informática, servicio en la nube), con la descripción del tratamiento exigida por el Reglamento General de Protección de Datos.

Rehecho por completo: el modelo anterior se basaba en la Ley Orgánica 15/1999 y en el Real Decreto 994/1999, derogados. Ahora recoge todo el contenido mínimo del artículo 28 del RGPD y de la Ley Orgánica 3/2018: subencargados, notificación de violaciones de seguridad, asistencia en los derechos de los interesados, auditorías, transferencias internacionales, medidas de seguridad adecuadas al riesgo y destino de los datos al terminar.

Las notas explican cuándo es obligatorio este contrato.

Qué recibe

  • El documento en formato Word (.docx), editable, listo para completar con sus datos.
  • Los campos que debe rellenar, marcados en amarillo, y unas notas breves de uso al final.
  • Descarga inmediata tras el pago y enlace de descarga por correo electrónico, válido durante 30 días.
  • Factura con el IVA desglosado.

Es un modelo general, revisado en noviembre de 2026. No sustituye al estudio de un caso concreto: si su asunto tiene particularidades o hay plazos en juego, consúltelo antes de usarlo.

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