La definición de este tipo de sociedades la encontramos en el artículo 2 del DECRETO 15/2011, de 25 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de las Sociedades Agrarias de Transformación en Aragón:
Son Sociedades Civiles de finalidad económico-social, en orden a la producción, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales; favorecer la reagrupación de superficies y explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales; realización de mejoras en el medio rural, promoción y desarrollo agrario y prestación de servicios comunes que sirvan a aquella finalida